Si la #viviendafamiliar se adquirió antes del #matrimonio por uno de los #cónyuges casados en sociedad ganancial, dicha vivienda ¿es privativa de este cónyuge ?.
Este es un supuesto muy común en que uno de los cónyuges adquiere la vivienda antes de casarse, suscribe préstamo hipotecario y luego una vez casado en gananciales es la sociedad ganancial la que termina de amortizarlo.
Pues bien, si se trata de la vivienda familiar, la misma sería privativa en la proporción en que haya sido abonada con dinero privativo y ganancial en la proporción en que haya sido abonada con dinero ganancial, siendo dicho porcentaje ganancial el que habrá de ser repartido en sede de liquidación de ganancial.
Esto es algo que muchas personas desconocen pensando que al ser privativa en origen es del otro cónyuge y no tiene nada que reclamar, no siendo esto así.
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