La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que tienen los padres sobre los hijos menores no emancipados. La guarda y custodia es la convivencia de los hijos menores no emancipados con uno o ambos progenitores. En los casos de divorcio aunque la guarda y custodia de los hijos la ostente un progenitor la patria potestad, como norma general, sigue siendo compartida. Ello implica que las decisiones de importancia relativas a los hijos menores (elección del centro escolar, cambio de domicilio, celebración de la primera comunión etc…) han de ser tomadas de común acuerdo entre ambos progenitores, con independencia del progenitor que ostente la guarda y custodia. Caso de que existan discrepancias entre ambos progenitores podrá acudirse al auxilio judicial mediante la interposición de un expediente de jurisdicción voluntaria. Si este es su caso contacte con nosotros y le asesoraremos debidamente.
Diferencia entre patria potestad y guarda y custodia
Carmen Balsalobre
Actualidad